| Qué se puede hacer por el Agua? |
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| Escrito por David Ricardo Urquilla Bonilla | |||||||||||||||||||||||||
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Parte de esas espectativas es el tratamiento que se le va a dar al tema del agua. Durante ya muchos años se han venido barajando proyectos de Ley de Aguas en nuestro país, oficiales y no oficiales, sin embargo, ninguno de esos proyectos ha logrado pasar el filtro político de nuestra Asamblea Legislativa, y por alguna razón se ha preferido ignorar este tipo de legislación que es tan urgente. No entraré al análisis de las razónes políticas que han impedido su aprobación, sino que me centraré en los avances que una legislación como esta podría traer para la vida de todos los salvadoreños, sobre todo con una situación de estrés hídrico como la que vivimos. Como abogado especialista en el tema, he tenido la oportunidad de participar en alguna medida e interactuar en la formulación de la Ley General de Aguas que el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales ha venido presentando desde hace ya un par de años, anteproyecto que considero que se apega a nuestras necesidades y el cual, me imagino que como una especie de tributo por su buena redacción, ha sido casi literalmente copiado por la UNES en el proyecto presentado a la Asamblea Legislativa.
Empezaré con algo que si bien se establecido desde hace ya más de treinta años en nuestra legislación, merece que lo tomemos en cuenta y lo analicemos un poco más: ¿De quién es el Agua? El artículo 3 de la Ley de Riego y Avenamiento establece que "Los recursos hidráulicos son bienes nacionales", y sin entrar en detalles sobre el empleo del término hidráulico (Gabriel Zaid - HIDRÁULICO), dicha disposición modifica lo establecido con anterioridad en nuestro Código Civil en su artículo 576 y siguientes, especialmente las ideas que algunos abogados, incluso de renombre, aún mantienen de las aguas que nacen y mueren dentro de la misma heredad y sobre los lagos y lagunas que puedan navegarse por buques de más de cien toneladas. Con dicha disposición se ha dejado claramente establecido que el Agua en El Salvador, con excepción de "las aguas lluvias captadas en embalses artificiales construídos por particulares" son bienes nacionales, es decir, su dominio pertenece a la Nación toda. Notese que se establece que son "bienes nacionales", no "bienes nacionales de uso público", dicha disposición legal no establece que su uso pertenezca a todos los habitantes de la nación, sino que para el caso de la materia regulada por dicha Ley, el riego agrícola, su uso está regulado y podrá obtenerse cumplidos los requisitos establecidos en la misma y su Regalmento General, situación que el proyecto de Ley General de Aguas del MARN aborda de una manera un poco diferente, incluyendo las aguas en cualquier estado físico, incluyendo el estado gaseoso, cuyo uso potencial es muy discutido como fuente de abastecimiento. Para decirlo en términos claros, el Agua en El Salvador es de dominio nacional, o sea, de todos nosotros, sin embargo para usarla se requiere llenar ciertos requisitos y obtener los permisos necesarios establecidos en las leyes. Con el transcurrir del tiempo, el aumento de la población, el crecimiento acelerado de los centros urbanos, la creciente demanda de energía, y un gran número de otros factores, han colocado a los recursos hidráulicos en una situación de estrés, la cual nos ofrece una disyuntiva: o seguimos usando el recurso de la manera en que lo venimos haciendo, con el riesgo de acabarnoslo en un corto o mediano plazo, o hacemos algo para utilizarlo más eficaz y racionalmente, de una forma sostenible que nos permita contar con el mismo en el futuro. Fue allá en la década de los setenta que el agua fue adquiriendo notoriedad y convirtiéndose en una de las necesidades básicas de la humanidad. En 1977 en la Conferencia del Agua de las Naciones Unidas en Mar de Plata, Argentina, fue proclamada la Decada Internacional del Agua, que se enfocó en el mejoramiento de la salud pública mediante la ampliación de la cobertura de servicios (Agua y Saneamiento para todos). Posteriormente fueron celebradas otras reuniones importantísimas como la Consulta Informal de Copenhague sobre la Gestión y el Desarrollo de los Recursos Hídricos Integrados, en noviembre de 1991 y la Conferencia sobre el Agua y el Ambiente, en Dublin, en enero de 1992, previo a la Cumpre de Río o Cumbre de la Tierra. Los Princípios de Dublin sirvieron de base para el Capítulo 18 de la Agenda 21, documento clave de discución de la Cumbre de la Tierra de Río de Janeiro, Brasil en 1992. A continuación los principios de Dublin y las siete áreas de enfoque de la Agenda 21:
Estos principios fueron aprobados posteriormente y el Plan de Acción se preparó en la reunión ministerial posterior a Río sobre agua y saneamiento, en Noordwijk, Países Bajos en 1994. Para darle un tratamiento adecuado a los recursos hidráulicos se requiere contar con la voluntad de todos los actores involucrados en su uso y aprovechamiento, incluyento empresas hidroeléctricas, abastecedores de agua privados y comunitarios, alcaldías, comunidades y personas particulares. Se requiere contar con una gestión basada en cuencas hidrográficas y otorgarle al agua el valor económico adecuado para las condiciones de la región donde va a ser aprovechada. La gestión y planificación de los reucros hidráulicos debe ser una parte central de la responsablidad del gobierno en forma de facilitador y regulador. El proyecto de Ley General de Aguas del MARN, copiado por la UNES, establece el enfoque de cuencas como base del manejo integral del agua y reconoce que el agua tiene valores sociales, económicos, ambientales y culturales. Establece tres grandes zonas hidrográficas: la zona hidrográfica Paz-Jaltepeque, la zona hidrográfica Lempa y la zona hidrográfica Jiquilisco-Guascorán. Asimismo en la parte del régimen administrativo crea una Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) como una entidad autónoma de derecho público adscrita al MARN, la cual tendría 32 competencias enumeradas, dentro de las cuales se encuentra "formular las propuestas de políticas de los recursos hídricos", "regular y controlar el uso eficiente de los recursos hídricos en el territorio nacional, incluyendo las modificaciones artificiales a la fase atmosférica del ciclo hidrológico y los trasvases que se requieran para contribuir al equilibrio y administración equitativa del uso o aprovechamiento de los recursos hídricos", "formular y proponer para su aprobación al Ente Rector, los cánones de cuenca sobre el uso y aprovechamiento del agua y demás bienes del dominio público hídrico, así como por el vertido de aguas residuales a los medios receptores de dominio público hídrico, de acuerdo con esta ley", entre otras. Se establecen Organismos Zonales de Cuenca que trabajarán en cada uno de las tres grandes zonas hidrográficas, cada organismo contará con representantes de los comités de cuencas existentes y representantes zonales de los asignatarios. Uno de los puntos más controversiales al menos a nivel de gobierno, pero creo personalmente que los más acertados, ha sido el otorgar el agua a otras entidades reguladoras por medio de asignaciones, es decir, que la Conagua asignará determinadas cantidades de agua a la Anda para distribuirla en forma de agua potable, al MAG para distribuirla en agua para usos agrícolas, especialmente el riego, etc. Cada entidad deberá utilizar sólamente dicha cantidad y será responsable y pagará multas en caso de pasarse de la cuota asignada. Pero volviendo al tema de qué se puede hacer por el agua aquí en El Salvador aparte de sugerir a los titulares del MARN y a los señores diputados que se presente y apruebe la Ley General de Aguas, lo cual me parece muy lejano aún, y mientras tanto a nivel de gobierno creo que pueden crearse en los ministerios (MAG, MARN) y oficinas (CEL, ANDA) donde se tenga relación con el agua, las instancias necesarias como Direcciones de Agua o Gerencias de Agua que pudiesen interactuar entre ellas y con un Comisionado Presidencial para el Agua, que se encargaría de engranar todas las iniciativas para tener por fín una política hídrica coherente y apegada a nuestra realidad. En el ámbito familiar, pues ahorrar en todo sentido, con los "chorros", cuidando de cerrarlos bien cuando no estén en uso, reparar fugas, regar plantas en la tarde para que se aproveche mejor el agua y no se evapore, no perder tiempo en la ducha y cerrarla mientras se utiliza el jabón, etc. Así como evitar contaminar nuestras fuentes disponiendo adecuadamente de nuestros deshechos.
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